miércoles, 2 de febrero de 2011

TARIFAS Y RECARGOS EN EL TRANSPORTE MARITIMO



El costo del transporte se constituye en una variable importante de análisis, por esta razón se pone a disposición del sector exportador, el nivel de los fletes hacia los  mercados de interés de los exportadores colombianos
Actualmente los costos en transporte marítimo son producto del mercado y de negociación entre las partes, como se observa en la información que se presenta a  continuación.
Los fletes que se relacionan  son referenciales,  y servirán al exportador como base en el momento de negociar una tarifa.
La información se ha procesado con base en datos suministrados directamente por los agentes marítimos. No se ha considerado conveniente identificar las navieras y/o  su agente, para evitar competencia indebida.

Para tener en cuenta:
1. El flete marítimo esta estructurado por los siguientes componentes:
Tarifa Básica: Costo específico de transporte para un producto determinado   entre dos áreas geográficas.
Recargos: Son valores adicionales que se aplican sobre la tarifa básica, para compensar las variaciones en los costos o en las operaciones de los buques.

Fluctúan constantemente, y su aplicación por parte de las  navieras, de algunos de ellos, dependerá de los puertos de destino.

Los principales son:

  • BAF:  Bunker Adjustment  Factor – Factor de Ajuste en los Precios del Combustible.
  • CUC: Chasis Usage Charge – Uso de Chasis Utilizados para la Movilización de Contenedores.
  • THC:  Terminal Handling Charge – Costo de Manipulación en el Terminal de Contenedores
  • Cruce del Canal de Panamá
2. Existen Fletes A.I. (All In – Todo Incluido): Que por lo general no cubren el costo del  B/L (Bill Of Landing  - Conocimiento de Embarque).
3. Los fletes para carga suelta en su gran mayoría incluyen:
  • Costos de Consolidación 
  • Costos Portuarios
4. Actualmente para cargas con destino final o en transito  hacia/por puertos de Estados Unidos y México, deben cumplir con las disposiciones aduaneras, en la exigencia del manifiesto de carga, con  48 horas  anticipación. 
Esto significa para el exportador tener la carga en puerto colombiano debidamente documentada con un tiempo de antelación suficiente que permita al transportador surtir los tramites y remitir la información en debida forma. Caso contrario se generara no solo multas sino sanciones. fletes para carga suelta

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