martes, 8 de marzo de 2011

PROBLEMAS EN RUSIA ¡¡¡¡¡ ATENTOS¡¡¡¡¡

     Por favor considerar que la situación de las adversas condiciones climáticas en el Golfo de Finlandia, en el viaje a San Petersburgo – Rusia, se mantienen en estado crítico, tal como ya fue informado previamente en la semana 9 (carta adjunta con la implementación de un recargo de emergencia por estas razones).

      Es importante considerar que esto podría afectar de manera incierta los tiempos de tránsito, por lo que tal como es indicado en las cláusulas del B/L, MSC no se hace responsable por situaciones de fuerza mayor que no depende del control de MSC.

De acuerdo a la información enviada por la Autoridad Portuaria en Rusia hoy día la situación es la siguiente:
-       121 Buques en la zona del Golfo de Finlandia
o    22 Buques en camino
o    14 Buques intentando salir de puerto
o    99 Buques esperando asistencia del Rompe Hielos

Buques de MSC en la zona: 

MSC Maria – Bloqueado desde el 01/03 (se logró movilizar con ayuda de un rompe hielo, pero volvió a quedar bloqueado nuevamente el 06/03 en la tarde) – Esperando nueva asistencia. 

MSC Iris – Bloqueado desde e 01/03 – Esperando asistencia. 

MSC Malin – Bloqueado desde el 04/03 – Esperando asistencia. 

MSC Hina – Zarpo de RULED el día 05/03 a las 23 hrs., pero quedo bloqueado el 06/03 a las 18 hrs. – Esperando asistencia. 

WEC Van Ruysdael – Bloqueado desde el 03/03 – Esta mañana logro movilizarse para retornar a NLRTM por sus propios métodos. 



ALGUNAS NAVIERAS YA ESTAN COBRANDO POR LO QUE ESTA SUCEDIENDO EN RUSIA.

REF: ST. PETERSBURGO – EMERGENCY CONGESTION
SURCHARGE
Estimados Clientes:
Informamos a ustedes que debido a la crística situación provocada
por las extremas condiciones climáticas en el puerto de St. Petersburgo
lo cual está ocasionando demoras y congestion en dicho puerto.
Por lo anterior , se ha decidio implementar un recargo por congestión
denominado “Emergency Congestion Surcharge”. Este recargo
se aplicará a partir del 15 de Marzo (fecha de zarpe) , el cual tendrá
los siguientes valores:
CGS
Cargas dry USD 70/ctr
Cargas reefer USD 300/ctr
Como es costumbre, este valor se incluirá en el conocimiento de
embarque en condición prepaid o collect, según corresponda la
condición de pago del flete base.
Sin otro particular, le saluda muy atentamente
Margarita Bertossi


martes, 1 de marzo de 2011

ASOEX TRABAJA EN UN NUEVO SITIO DE INSPECCION SAG-USDA EN LA VIII REGION






 
Permitirá reducir los costos de envío y retorno de muestras además de disminuir los tiempos de inspección.

Los exportadores frutícolas contarán con un nuevo sitio de inspección USDA-SAG. El terreno ya fue aprobado por el Directorio de Asoex y actualmente se está trabajando en el proyecto de arquitectura para adecuar algunos requerimientos del Departamento de Agricultura de Estados Unidos y del Servicio Agrícola y Ganadero de Chile.
 
El terreno se localiza en la VIII Región, específicamente en la carretera 5 Sur a la altura de Cabrero, y cuenta con accesos fáciles y expeditos para quienes transiten tanto desde la zona norte como sur del país, así como a los puertos de la región.
 
A mediados de febrero representantes de Asoex, Corfo, SAG y del USDA, mantuvieron una reunión en la ciudad de Concepción, durante la cual se definieron los pasos a seguir.
 
Se espera que esta nueva unidad de inspección entre en operaciones en 2012, pues se debe cumplir con todos los trámites administrativos asociados a una construcción pública, entre ellos una evaluación social y entrega del proyecto, que debe ser aprobado por el Ministerio de Planificación y Cooperación (Mideplan).
 
Al respecto, el Presidente de Asoex, Ronald Bown, comentó que “este proyecto facilitará a exportadores de arándanos y de otros frutales de la región, el acceso al mercado estadounidense, permitiendo una significativa reducción de los costos de envío y de retorno de muestras, además de permitir un acceso más expedito a los puertos de la zona”.
 
Ronald Bown agradeció el apoyo del Gobierno Regional y de entidades como CORFO y el SAG, que permitirá una inversión regional del orden de USD 1,5 millones.
 

COMO IMPORTAR ?

Cómo importar?

DEFINICIÓN:
Importación es la introducción legal de mercancía extranjera para su uso o consumo en el país.
¿QUIÉNES PUEDEN IMPORTAR?
Las personas naturales o jurídicas que tengan RUT e iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
¿QUÉ SE PUEDE IMPORTAR?
Todo aquel producto manufacturado o materia prima producido por una instalación o fábrica debidamente registrada y controlada por la institución o autoridad competente del país de origen.
¿CÓMO SE DEBE IMPORTAR?
Para iniciar una importación, es necesario efectuar un estudio del mercado nacional, a fin de definir si comercialmente es competitivo el negocio de traer mercancías desde el extranjero en la eventualidad que los mismos productos sean fabricados a nivel nacional.
A fin de llevar a término exitosamente la importación, es necesario evaluar los requerimientos técnicos y administrativos asociados al proceso de importación de las mercancías dependiendo de su naturaleza y uso final (certificaciones, análisis, declaraciones etc.).
PASOS PARA EFECTUAR UNA IMPORTACIÓN.
A.1.- Se debe tener presente que algunos rubros tienen representantes o distribuidores en Chile, por lo que se debería iniciar el contacto a este nivel y si no hubieran en el país, se debería seguir con lo señalado en el párrafo siguiente.
A.2.- Se inician los contactos con el fabricante o exportador en el extranjero, a fin de definir los precios de mercancías que se ofertan y los valores que se facturarían por un pedido en particular.
Se debe tener presente que los precios varían de acuerdo a la cantidad solicitada y el modo de presentación de las mismas.
A.3.- También es posible efectuar cotizaciones en Zona Franca, en la eventualidad que las mercancías se vendan en dichas zonas.
A.4.- Antes de efectuar la primera compra, se debería solicitar una Factura Pro Forma, a fin de tener un valor aproximado del pedido. En la Factura Pro Forma, se indican los valores de la mercancía, el valor aproximado del flete (terrestre, marítimo o aéreo) y el seguro de las mismas, los que pueden tener variaciones una vez se defina el pedido.
A.5.- El producto a importar, que debe cumplir con la normativa vigente en Chile, será controlado por la institución fiscalizadora correspondiente (entre ellas: el SAG, la Seremi de Salud, Sernapesca, el ISP); por ello, determine (usando el Buscador de este Portal) cuáles son los requisitos que debe cumplir el producto que le interesa.
TRÁMITES A REALIZAR UNA VEZ TOMADA LA DECISIÓN DE IMPORTAR.
B.1.- Se debe contactar con un Agente de Aduana, a fin de que este profesional le guíe en todo lo concerniente a un trámite de importación.
B.2.- El Agente de Aduana es un profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías.
B.3.- Las importaciones se realizan presentando la documentación respectiva ante el Servicio de Aduanas, a través de un Agente de Aduana.
B.4.- Se deberá dar cumplimiento a los trámites requeridos por las Instituciones del Gobierno de Chile asociadas al proceso de importación de las mercancías dependiendo de su naturaleza y uso final.
DERECHOS DE ADUANA.
C.1.- REGIMEN GENERAL.
Los derechos de aduana, se aplican sobre el valor total de la factura emitida por el vendedor extranjero. Y éstos comprenden el derecho propiamente tal, más el IVA.
En la factura se señalan los siguientes valores:
- Valor de la mercancía
- Valor del seguro
- Valor del flete
La suma de estos tres valores, se le conoce con la sigla CIF (Costo, seguro y flete).
El derecho de aduana de todas las mercancías comprendidas en el Arancel Aduanero, en la actualidad, se encuentra fijado en 6% (seis por ciento). Además, se le debe aplicar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Forma de aplicar los impuestos:
- El valor CIF facturado se multiplica por 6%.
- A la suma del valor CIF con el resultante de 6%, se le aplica el factor de 19%, correspondiente al IVA.
C.2.- IMPORTACIONES DE MERCANCÍAS DESDE PAÍSES CON LOS QUE CHILE TIENE TRATADO DE LIBRE COMERCIO O ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA.
Los derechos que se deben aplicar son diferentes, dependiendo del Tratado o Acuerdo, en algunos casos las mercancías se encuentran gravadas con derechos de 0%, como en otros casos existen tablas de desgravación porcentuales establecidos por períodos de tiempo, hasta llegar a 0%.
En importaciones de mercancías provenientes de países con los cuales Chile tiene Convenio, se hace necesario apoyarse con un Agente de Aduana, por ser este profesional quien tiene los conocimientos técnicos para efectuar correctamente los cálculos de derechos e impuestos, a fin de tener una real información en los costos de una importación.
C.3.- IMPORTACIONES DE MERCANCÍAS SIN REQUERIR DE LA ASISTENCIA DE UN AGENTE DE ADUANAS.
Los casos más comunes son:
1) Importación de mercancías cuyo valor FOB facturado no exceda de US$ 1.000.
2) Importación de mercancías que arriben conjuntamente con el viajero, consignadas a un tercero, siempre que su valor FOB facturado no exceda de US$ 1.000 y pertenezcan a una sola persona natural o jurídica.
3) Importación de mercancías transportadas por las empresas de envíos de entrega rápida (courier), por un valor FOB de hasta US$ 1.000 facturado.
4) Importación de mercancías ingresadas a la Isla de Pascua, procedentes del extranjero o de Zonas Francas, tengan o no carácter comercial, por un valor FOB de hasta US$ 1.000 facturado.